La tropelía está anunciada. El segundo gobierno socialista, González, años ochenta, retorció la letra de la Constitución para acabar, dijeron, con los jueces franquistas. Lo que el artículo 122 de la Ley de Leyes establece es que, además del presidente del Tribunal Supremo, el Consejo General del Poder Judicial estará integrado por veinte miembros. De ellos doce entre Jueces y Magistrados y los ocho restantes, cuatro a propuesta del Congreso y otros cuatro por el Senado, elegidos por mayoría de tres quintos.
La estocada a los principios de independencia, inamovilidad y responsabilidad que la Constitución exige a la administración de Justicia, consistió en hacer depender los veinte vocales de las cámaras. Los jueces y magistrados, que deberían proponer la mayoría del Consejo, punto en boca. Eso sí, aquellos legisladores tuvieron la decencia de mantener la mayoría cualificada para los nombramientos. Continue Reading ▶