“Iñigo Errejón ha propuesto celebrar la Fiesta Nacional el 19 de marzo, día de la proclamación de la Constitución de Cádiz. En su opinión, “sería una fecha que uniría a todos”.
Sin duda no se ha leído la Constitución de 1.812. Es la única explicación medianamente lógica, dadas sus creencias tanto políticas como religiosas.
Veamos algunos artículos de la misma:
Art. 6º. El amor a la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos.
Art. 7º. Todo español está obligado a ser fiel a la Constitución, obedecer las leyes y respetar a las autoridades establecidas.
Art. 9º. Está asimismo obligado todo español a defender a la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley.
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.
Art. 20. Para que el extranjero pueda obtener de las Cortes esta carta (nacionalidad), deberá estar casado con española, y haber traído o fijado en las Españas alguna invención o industria apreciable, o adquirido bienes raíces por los que pague una contribución directa, o estableciéndose en el comercio con un capital propio o considerable a juicio de las mismas Cortes, o hecho servicios señalados en bien y defensa de la Nación.
Art. 168. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad.
Art. 169. El Rey tendrá el tratamiento de Majestad Católica.
Art. 170. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside exclusivamente en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.
Art. 174. El Reino de las Españas es indivisible, y sólo se sucederá en el trono perpetuamente desde la promulgación de la Constitución por el orden regular de primogenitura y representación entre los descendientes legítimos, varones y hembras, de las líneas que se expresarán.
Art. 356. Habrá una fuerza militar nacional permanente, de tierra y de mar, para la defensa exterior del Estado y la conservación del orden interior.
Salta a la vista que todos estos artículos de la Constitución de 1.812 están recogidos, al pie de la letra, en el programa de Podemos. ¿O no?”
¡Hay que ser gilipollas! El texto precedente me lo envía un agudo observador de lo que pasa. El becario tramposo se cubre de gloria y con él, portavoz del partido que llevará a Sánchez a la investidura, todos cuanto le rodean. En buenas manos vamos a caer si alguien no lo remedia… Alguien como Rivera votando en contra de la investidura de un aficionado acompañado de tales socios; pero no lo hará.